Recientemente hemos incorporado al repertorio de vinos disponibles en Sánchez-Garrido de Antequera los reconocidos vinos de Bodegas Fontedei con Denominación de Origen Protegida Vinos de Granada, y ante esta circunstancia nos asalta una duda, y es que es habitual referirse a un vino directamente por su denominación de origen ¿pero sabemos exactamente a qué se refiere? ¿Sabemos qué es una Denominación de origen protegida?

Vinos Fontedei en Sánchez-Garrido (Antequera)

Vinos Fontedei en Sánchez-Garrido (Antequera)

El concepto «denominación de origen» no solo indica la procedencia de los vinos, sino que atiende a unas características propias del producto. De hecho, aunque su nombre se ciñe a un territorio, éste no ha de coincidir necesariamente con un espacio geográfico delimitado como puede ser una comunidad autónoma o una provincia aunque también se de el caso, como por ejemplo los vinos de la Rioja o los de Granada respectivamente, sino que también a veces puede referirse a una región, a una comarca o a ninguna de ellas puesto que puede abarcar un territorio mayor o menor marcado por unas condiciones propias -únicas y peculiares- del terreno, de su climatología, orografía y de su elaboración.


La nomenclatura Denominación de Origen Protegida por su parte se debe al cumplimiento de la normativa de la Unión Europea de noviembre de 2012 que exige que los requisitos para distinguir a estos productos del resto sean superiores, con la voluntad de reforzar su calidad y competitividad en los mercados, así como el buen nombre de los vinos europeos.


Desde ese momento, la definición de Denominación de Origen Protegida recoge en si misma otras menciones usadas tradicionalmente como Denominación de Origen, Denominación de Origen Calificada, Vinos de Calidad con indicación geográfica, Vinos de Pago y Vinos de Pago Calificado. Con todas estas definiciones se pretende defender la unidad respecto a las condiciones propias de un territorio así como a sus características de producción. Esto es aplicable no solo en el caso de los vinos sino al de cualquier producto merecedor de ser identificado por su peculiaridad, ya sea natural o debida a su elaboración.

La denominación de origen actúa como defensa de estos productos protegiéndolos legalmente de posibles imitaciones o suplantaciones. Los vinos con D.O.P. además están avalados por el transcurso del tiempo. Son cinco lo años que han de transcurrir hasta su reconocimiento como vino de calidad con indicación geográfica.

Las Denominaciones de origen son además vigiladas y respaldadas por los Consejos Reguladores de cada una de ellas que se comprometen a garantizar la calidad y la autenticidad tanto del producto (en el caso que nos centramos, la uva) como de sus métodos tradicionales de producción. De este modo, el Consejo Regulador de cada Denominación de Origen otorga el privilegio de presentar en su etiquetado esta distinción, garantizando al consumidor la calidad de los vinos. A la vez este sello eleva su prestigio, corroborando su categoría y fortaleciendo al producto ante los mercados nacionales o internacionales.

Mapa D.O. Vinos Sánchez-Garrido (Antequera)

Mapa D.O. Vinos Sánchez-Garrido (Antequera)

Como resumen os transcribimos palabras textuales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente con las que define que una denominación de origen es otorgada a «un vino originario de un lugar determinado cuya calidad o características se deben fundamental o exclusivamente a un medio geográfico particular, con los factores naturales y humanos inherentes a él, y cuyas fases de producción tengan lugar en su totalidad en la zona geográfica definida”.

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